La formación es un derecho.
La Formación Bonificada, pasa a ser Formación Programada con la Ley 30/2015, manteniéndose el principio de recuperación de las cuotas aportadas vía Seguridad Social al realizar Cursos de Formación los trabajadores ocupados.
La Formación Programada es un derecho, todas las empresas disponen de una partida económica (crédito disponible) para formar a sus trabajadores, que se traduce en un porcentaje de descuentos (bonificaciones) en las cuotas a la Seguridad Social que en caso de las micropymes llegan al 100% del coste formativo.
¿Cómo recibir formación a través de la tramitación de la bonificación?
SI ES UNA EMPRESA:
- Una vez haya escogido de nuestro Catálogo el curso o cursos que desea incorporar en el plan formativo de sus trabajadores, o bien si simplemente desea que le asesoremos en la organización de su formación programada, descargue y rellene el documento de adhesión al contrato de Encomienda de Organización de la Formación (puede consultar el contrato aquí).
- El documento de adhesión es un formulario que deberá cubrir y enviarlo por correo electrónico a formacion@noainnova.com o en original a la dirección postal: C/ Rafael de Vega 16, entr. izq. 27002 Lugo.
- Nos pondremos en contacto con usted para finalizar la gestión y ayudarle/asesorarle en todo momento.
NOA INNOVA, como Entidad Organizadora y Formadora tramita y realiza la gestión y ejecuta la acción formativa, y la empresa podrá recuperar la aportación a la Seguridad Social, transformándola en formación para sus trabajadores y en una inversión para la empresa.
SI ES UN TRABAJADOR:
Los trabajadores realizan la formación sin coste alguno. Cualquier trabajador interesado en formarse, elige el curso de nuestro Catálogo y luego debe cubrir la ficha de inscripción del alumno y enviarla por correo electrónico a formacion@noainnova.com. Al mismo tiempo debe ponerse en contacto en su propia empresa con el encargado de personal o el responsable de formación, indicándole que desea realizar el curso, para que realice el proceso de Adhesión a NOA INNOVA como Entidad Organizadora y Entidad Formativa (ver apartado anterior) y de esta forma el trabajador pueda acceder al curso y la empresa bonificarse.
¿Cómo se aplica la bonificación? Recuperando el dinero aportado
Las empresas al cotizar por la contingencia de formación profesional disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 30/2015, importe que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:
a) Empresas de 1 a 9 trabajadores: 100 por ciento de lo aportado*
b) De 10 a 49 trabajadores: 75 por ciento
c) De 50 a 249 trabajadores: 60 por ciento
d) De 250 o más trabajadores: 50 por ciento
*Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional, independientemente de su «tamaño y fecha de creación», disponen de un crédito para formación mínima de 420 €.
Una vez finalizado el curso de formación, expedida y pagada la factura, la empresa recuperará el importe que le corresponde según su crédito de formación, aplicándose la bonificación en la cotización a la Seguridad Social, a partir del mes siguiente a la finalización del curso.
Las empresas de menos de 50 trabajadores pueden reservar el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio, y acumularlo en los dos ejercicios siguientes.
Todos los cursos de NOA INNOVA son bonificables.
Los trabajadores en activo de una empresa privada con centro de trabajo en España, pueden realizar cualquier curso (relacionado con su actividad) a través de la cuota de formación de su empresa. De esta forma al trabajador, el curso no le supone coste alguno.