Proyecto de Implantación del Alojamiento Rural

Descripción

  
ModalidadTeleformación
Duración50 horas
ConvocatoriaAbierta
Dirigido aTrabajadores en activo*

* Ver financiación bonificación Seguridad Social

Objetivos

• Definir las características del subsector de turismo rural en el marco del sistema turístico y, en particular, la actividad de alojamiento de esta naturaleza, considerando las relaciones de los respectivos establecimientos con otras empresas y los circuitos y tipos de información que se generan

• Definir proyectos de viabilidad sencillos para la constitución y puesta en marcha de pequeñas empresas de alojamiento rural, utilizando los canales de información correspondientes

• Formular propuestas de adaptación de alojamientos rurales como alojamientos turísticos, partiendo de proyectos-tipo ya realizados, justificando acciones y recursos que resulten viables para su diseño, rehabilitación y decoración

Contenido del curso

1.1 El sector turístico.
1.2 El turismo rural.
1.3 El alojamiento rural.
1.4 Tipos jurídicos de empresa, empresario y establecimiento mercantil.
1.5 Materias que suelen necesitar asesoramiento y asesores.

2.1 Estudio de Viabilidad.
2.2 Las ideas de negocio.
2.3 Elección de la mejor idea de negocio. Cuadro de análisis DAFO: Utilidad, estructura, elaboración e interpretación.
2.4 Normativa y trámites necesarios para la puesta en marcha de un alojamiento rural.
2.5 Condicionantes físico-territoriales que pueden influir en el atractivo y/o la fragilidad del lugar en donde se pretende implantar el alojamiento rural.
2.6 Medidas que favorecen la integración del alojamiento rural en un entorno natural durante la fase de construcción y/o explotación.
2.7 Condicionantes que pueden hacer más atractiva la oferta del alojamiento rural.

3.1 Rehabilitación arquitectónica.
3.2 Restauración arquitectónica.
3.3 Decoración inicial.

Bonificación / Sistema de formación programada

Bonificación en la liquidación mensual de Seguridad Social para los trabajadores en activo de la empresa.

Las empresas al cotizar por la contingencia de formación profesional disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 30/2015, importe que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:

  1. Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por ciento de lo aportado
  2. De 10 a 49 trabajadores: 75 por ciento
  3. De 50 a 249 trabajadores: 60 por ciento
  4. De 250 o más trabajadores: 50 por ciento

Las micropymes de 1 a 5 trabajadores dispondrán de una cantidad fija de 420 €, en vez de un porcentaje.

Una vez finalizado el curso de formación, expedida y pagada la factura, la empresa recuperará el importe que le corresponde según su crédito de formación, aplicándose la bonificación en la cotización a la Seguridad Social, a partir del mes siguiente a la finalización del curso.

Solicita información

    NOA INNOVA S.L.

    CIF: B-27422526
    Teléfono: 982 804 524
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