Planes de evacuación y emergencias en un establecimiento hostelero

Descripción

  
ModalidadTeleformación
Duración75 horas
ConvocatoriaAbierta
Dirigido aTrabajadores en activo*

* Ver financiación bonificación Seguridad Social

Objetivos

  • Aprender los contenidos del manual de autoprotección.
  • Determinar en qué consiste un plan de emergencias.
  • Aprender pautas para implantar un plan de emergencias en un establecimiento hostelero.
  • Conocer los medios que existen para prevenir los incendios en un establecimiento hostelero.

Contenido del curso

1.1 Ley de prevención de riesgos laborales.
1.2 Real decreto 393/2007 de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

2.1 Objetivos y desarrollo.
2.2 Factores de riesgo.
2.3 Acciones que se deben emprender en cada caso.
2.4 Equipos de autoprotección, su composición y denominación.
2.5 Criterios de selección de los componentes de los equipos de autoprotección.
2.6 Esquemas operacionales. Desarrollo del plan de emergencia.

3.1 Evaluación del riesgo en el sector de la hostelería.
3.2 Medios de protección.

5.1 Introducción.
5.2 Descripción del incendio.
5.3 Actividades asociadas.
5.4 Causalidad.
5.5 Tipología de los efectos y consecuencias.
5.6 Respuesta preventiva.
5.7 Requisitos en el sector hostelero.

6.1 Conductas ante un accidente.
6.2 Heridas y hemorragias.
6.3 Quemaduras.
6.4 Accidentes producidos por la electricidad.
6.5 Asfixias de origen no eléctrico.
6.6 Traumatismos y fracturas.
6.7 Otras normas de primeros auxilios.

Bonificación / Sistema de formación programada

Bonificación en la liquidación mensual de Seguridad Social para los trabajadores en activo de la empresa.

Las empresas al cotizar por la contingencia de formación profesional disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 30/2015, importe que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:

  1. Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por ciento de lo aportado
  2. De 10 a 49 trabajadores: 75 por ciento
  3. De 50 a 249 trabajadores: 60 por ciento
  4. De 250 o más trabajadores: 50 por ciento

Las micropymes de 1 a 5 trabajadores dispondrán de una cantidad fija de 420 €, en vez de un porcentaje.

Una vez finalizado el curso de formación, expedida y pagada la factura, la empresa recuperará el importe que le corresponde según su crédito de formación, aplicándose la bonificación en la cotización a la Seguridad Social, a partir del mes siguiente a la finalización del curso.

Solicita información

    NOA INNOVA S.L.

    CIF: B-27422526
    Teléfono: 982 804 524
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